INDARTU 2022
OBJETO
Indartu 2022 impulsa la ampliación de capacidad productiva de empresas industriales con sede en zonas desfavorecidas de Euskadi.
El objeto de Indartu 2022 es promocionar a las empresas que realicen inversión productiva que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, destinadas a la creación y/o ampliación de capacidad productiva, en la Zona Margen Izquierda Ampliada y en otros municipios con una tasa de desempleo superior al 10 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
BENFICIARIOS
Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que cumplan con la característica de ser empresas industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, así como, las empresas de servicios logísticos, excluido
el transporte, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en:
- la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco la siguiente: Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Artzentales, Balmaseda, Erandio, Galdames, Güeñes, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sopuerta, Trucios-Turtzioz, Valle de Carranza, Valle de Trápaga-Trapagaran, Zierbena.
En los municipios con una tasa de desempleo superior al 10 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, solo se subvencionarán las
inversiones que hagan las Pequeñas y medianas Empresas (Pymes). Los municipio que que cumplnn con una tasa de desempleo superior al 10 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco:
- Álava: Amurrio, Artziniega, Asparrena, Labastida, Lanciego, Oyón-Oion, Salvatierra, Valdegobía, Yécora y Zambrana.
- Bizkaia: Arakaldo, Barakaldo, Basauri, Bermeo, Bilbao, Busturia, Elantxobe, Ermua, Ibarrangelu, Iurreta, Lanestosa, Plentzia, Sukarrieta, Orduña, Zalla y Zarátamo.
- Gipuzkoa: Eibar, Irun y Soraluze-Placencia de las Armas.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se considera inversión subvencionable, a efectos del cálculo de las subvenciones, la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa que se trate de alguna de las siguientes categorías, según establece el Plan General de Contabilidad:
- 203 Propiedad Industrial y Patentes.
- 206 Aplicaciones informáticas.
- 210 Terrenos y Bienes naturales.
- 211 Construcciones.
- 212 Instalaciones técnicas.
- 213 Maquinaria.
- 214 Utillaje.
- 215 Otras instalaciones.
- 217 Equipos para procesos de información.
SUBVENCIÓN
Subvención hasta los límites de intensidad máximos:
- Para las grandes empresas el 10 % de la inversión susceptible de apoyo
- Para las pymes el 15 % de la inversión susceptible de apoyo
Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 3.000.000,00 euros por empresa.
PLAZOS
El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 24 de junio y finalizará el día 15 de septiembre de 2022, a las 12:00 horas, hora peninsular.