Alava Innova 2022

INDARTU 2023

Indartu 2023 impulsa la ampliación de capacidad productiva de empresas industriales con sede en zonas desfavorecidas de Euskadi.

El objeto de Indartu 2023 es promocionar a las empresas que realicen inversión productiva que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, destinadas a la creación y/o ampliación de capacidad productiva,  en la Zona Margen Izquierda Ampliada y en otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que cumplan con la característica de ser empresas industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, así como, las empresas de servicios logísticos, excluido
el transporte, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en:

  • la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco la siguiente: Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Artzentales, Balmaseda, Erandio, Galdames, Güeñes, Karrantza Harana/Valle de Carranza, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sopuerta, Trucios-Turtzioz, Valle de Trápaga-Trapagaran, Zierbena.

En los municipios con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, solo se subvencionarán las
inversiones que hagan las Pequeñas y medianas Empresas (Pymes).
Los municipio que que cumplnn con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

     a) Álava: Amurrio, Artziniega, Asparrena, Labastida, Lanciego, Lapuebla de Labarca, Llodio, Oyón-Oion, Salvatierra, Valdegovía, Vitoria-Gasteiz y                               Zambrana.

     b) Bizkaia: Arakaldo, Barakaldo, Basauri, Bermeo, Bilbao, Elantxobe, Ermua, Ibarrangelu, Iurreta, Lanestosa, Ondarroa, Orduña, Sukarrieta, Ubide, Zalla y                 Zaratamo.

    c) Gipuzkoa: Aizarnazabal, Eibar, Irun, Mutriku, Pasaia y Soraluze-Placencia de las Armas.

Se considera inversión subvencionable, a efectos del cálculo de las subvenciones, la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa que se trate de alguna de las siguientes categorías, según establece el Plan General de Contabilidad:

  • 203 Propiedad Industrial y Patentes.
  • 206 Aplicaciones informáticas.
  • 210 Terrenos y Bienes naturales.
  • 211 Construcciones.
  • 212 Instalaciones técnicas.
  • 213 Maquinaria.
  • 214 Utillaje.
  • 215 Otras instalaciones.
  • 217 Equipos para procesos de información.

Subvención hasta los límites de intensidad máximos:

  • Para las grandes empresas el 10 % de la inversión susceptible de apoyo
  • Para las pymes el 15 % de la inversión susceptible de apoyo

Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 3.000.000,00 euros por empresa.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 03 de mayo y finalizará el día 30 de junio de 2022, a las 12:00 horas, hora peninsular.

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