Alava Innova 2022

NEOTEC Mujeres Emprendedoras

Las ayudas de NEOTEC Mujeres EMprendedoras financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Pequeñas empresas innovadoras lideradas por mujeres.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir asimismo los siguientes requisitos:


a. Ser empresas lideradas por mujeres, entendiendo como tales aquéllas que cumplan los siguientes requisitos:

  1.  El órgano de administración de la empresa deberá estar integrado mayoritariamente por mujeres,
  2.  Las mujeres deberán tener la mayoría del capital social de la empresa o una participación relevante en el proyecto objeto de la ayuda.

b. No estar cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.

c. Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.

d. No haber distribuido beneficios.

e. No haber surgido de una operación de concentración, según definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

f. Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud

Las ayudas NEOTEC Mujeres Eprendedoras podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial.

No se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

Se podrán financiar los siguientes gastos:

a) Inversiones en equipos

b) Gastos de personal

c) Materiales

d) Colaboraciones externas / asesoría

e) Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor

 

Subvenciones hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.

Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.

Proyectos de 1 o 2 años de duración. Deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de un año de duración, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.

Del 17 de febrero hasta el 19 de abril de 2022, a las 12.00 horas del mediodía, hora peninsular.

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