Alava Innova 2022

ÚltimaMilla-SectorTurismo

Promover proyectos singulares y transformadores con una clara orientación al usuario final y que contengan, entre otros, mejoras en la digitalización e inteligencia aplicados a la gestión, promoción, puesta en valor y difusión para destinos y sector turístico.

  • Línea 1: Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores. Los proyectos presentados en esta modalidad deberán ser proyectos que incorporarán tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo con riesgo tecnológico medio/alto mediante la incorporación de tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo en el ámbito del internet de las cosas, 5G, big data, ciberseguridad o aplicaciones móviles, sin carácter limitativo.
  • Línea 2: Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías. Los proyectos presentados en la modalidad deberán ser proyectos demostradores de conocimientos y/o tecnologías testadas previamente en mercado, con riesgo tecnológico bajo, que permitan mejorar la competitividad del sector turístico mediante la implantación y adopción de tecnologías existentes en el ámbito del internet de las cosas, 5G, big data y ciberseguridad o aplicaciones móviles, sin carácter limitativo.
  • Línea 3: Proyectos de implantación y adopción por parte de empresas pymes de tecnologías testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo o en general de procesos de digitalización de sus actividades. Siempre vinculados a: tecnologías vinculadas a la sensorización, a la seguridad de visitantes, relacionadas de la demanda turística, vinculadas a la sostenibilidad, racionalización y optimización de recursos, a la gestión y el desarrollo de espacios de datos para casos de uso de turismo.         

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de las líneas 1 y 2:

a) Las empresas del sector turístico, entendiendo por empresa las indicadas en los apartados 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 4 de la Orden ITU/1391/2023
b) Asociaciones sin ánimo de lucro, federaciones y confederaciones del sector turístico
c) Empresas cuya actividad les permita constituirse en socios tecnológicos y con experiencia demostrable en el ámbito turístico

Podrán ser beneficiarias de las ayudas de la línea 3:

Proyectos individuales, las empresas turísticas bajo alguno de los códigos a continuación recogidos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas:

1.º 493 Otro transporte terrestre de pasajeros.

2.º 4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.

3.º 4932 Transporte por taxi.

4.º 4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros NCOP.

5.º 501 Transporte marítimo de pasajeros.

6.º 5010 Transporte marítimo de pasajeros.

7.º 503 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.

8.º 5030 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.

9.º 511 Transporte aéreo de pasajeros.

10.º 5110 Transporte aéreo de pasajeros.

11.º 5221 Actividades anexas al transporte terrestre.

12.º 5222 Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.

13.º 5223 Actividades anexas al transporte aéreo.

14.º 551 Hoteles y alojamientos similares.

15.º 5510 Hoteles y alojamientos similares.

16.º 552 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

17.º 5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

18.º 553 Campings y aparcamientos para caravanas.

19.º 559 Otros alojamientos.

20.º 5590 Otros alojamientos.

21.º 56 Servicios de comidas y bebidas.

22.º 561 Restaurantes y puestos de comidas.

23.º 5610 Restaurantes y puestos de comidas.

24.º 5621 Provisión de comidas preparadas para eventos.

25.º 5629 Otros servicios de comidas.

26.º 7711 Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.

27.º 7721 Alquiler de artículos de ocio y deportivos.

28.º 7911 Actividades de las agencias de viajes.

29.º 7912 Actividades de los operadores turísticos.

30.º 799 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

31.º 7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

32.º 8230 Organización de convenciones y ferias de muestras.

33.º 855 Otra educación.

34.º 910 Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.

35.º 9004 Gestión de salas de espectáculos.

36.º 9102 Actividades de museos.

37.º 9103 Gestión de lugares y edificios históricos.

38.º 9104 Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.

39.º 9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.

40.º 9329 Actividades recreativas y entretenimiento.

41.º 931 Actividades deportivas

42.º 591.º Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión

43.º 592.º Actividades de grabación de sonido y edición musical.

44.º 7734.º Alquiler de medios de navegación.

45.º 7735.º Alquiler de medios de transporte aéreo.

Para la línea 1 y línea 2,  se consideran costes subvencionables los siguientes:

1.º) Gastos de personal directamente relacionado con la puesta en marcha del proyecto

2.º) Los costes de instrumental, material, edificios y terrenos, en la medida y durante el período de ejecución en que se utilicen para el proyecto.

3.º) Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia

4.º) Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto

Para la línea 3:

1.º) Gastos de personal directamente relacionado con la puesta en marcha del proyecto

2.º) Los gastos de asistencias externas, como análisis, asistencias técnicas, elaboración de protocolos o informes previos. Se considerarán subvencionables los servicios externos que siendo necesarios para la ejecución del proyecto la entidad beneficiaria no pueda realizar por sí misma. Serán financiables mediante la presentación de la correspondiente factura o documento acreditativo del gasto y su respectivo justificante de pago. También podrá ser financiable el gasto derivado de la revisión de cuenta justificativa por el auditor, en el caso de que lo haya, hasta un límite de un 5 % del coste total de la subvención del proyecto.

3.º) El coste de compra, leasing, renting y adquisición de cualquier activo material e inmaterial, incluida la adquisición de equipos, sensores, software, aplicaciones informáticas, equipamientos tecnológicos, gestión y mantenimiento de servidores o almacenamiento de información on line, destinado exclusivamente a la actuación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido, siempre que tengan relación directa con la ejecución de las actividades y no exista otra financiación para las mismas. El gasto subvencionable se ajustará al gasto por amortización durante el periodo de ejecución de los proyectos.

4.º) Gastos de material fungible. Tendrán consideración de fungible aquellos materiales cuya adquisición se debe directamente del proyecto y cuyo periodo de vida útil no supere el de ejecución aprobado para el proyecto y así quede justificado por la entidad beneficiaria.

5.º) Gastos generales: aquellos que, estando directamente vinculados con el objeto de la ayuda, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria. Estos se justificarán mediante tanto alzado sobre los gastos de personal, hasta un máximo de 5 %. La justificación de estos gastos consistirá en una certificación firmada por el representante legal o persona que cuente con los poderes de representación para ello.

6.º) Otros Costes: aquellos que están relacionados con el proyecto y son necesarios para su desarrollo y puesta en marcha, pero no son imputables a los anteriores, dentro de estos costes podemos incluir gastos relacionados con marketing digital, posicionamiento y en SEM (search engine marketing), SEO (search engine optimization).

  • Línea 1: 30.000.000 € (ayuda de hasta el 50 % del presupuesto financiable del proyecto)
  • Línea 2: 24.000.000 € (ayuda de hasta el 50 % del presupuesto financiable del proyecto)
  • Línea 3: 50.064.551,79€ (ayuda de hasta el 100 % del presupuesto total del proyecto)

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 14/01/2024 hasta el 13/03/2024.

Concurrencia competitiva.

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